Tramites y Requisitos

Registra tu inmueble y obtén tu certificado de dominio en Argentina

Cuando poseemos un bien inmueble y lo registramos para validarlo como pertenencia y propiedad, debemos obtener un certificado de dominio. En Argentina, los pasos para obtenerlo son los siguientes.

¿De qué trata el certificado de dominio?

Gracias a esta inscripción, que se hace por solicitud de un notario, se logra estar en capacidad de informar el estado jurídico de un bien inmueble radicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En estas oportunidades se causa una reserva de prioridad.

Este documento público debe ser avalado por un registrador, el cual garantiza y firma la información del documento, el cual tiene validez a todo aquello relacionado al bien que conste en dicho informe, sea de dominio pasado o presente, con derechos expirados o vigentes.

¿Para que sirve?

Este registro y certificación de dominio, incumbe a aquellos bienes localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En el caso de los certificados de dominio, cuentan como la publicidad pertienente al porcentaje predominante de efecto jurídico.

Gracias a el certificado, se puede dar valía a ciertos derechos ante:

  • Terceras personas
  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas.
  • Tribunales e instituciones.
  • Organismos públicos.

Supone el medio legal para lograr dicho cometido.

Puede ser solicitada, en dado caso de que se requiera la conocer si se ha presentado anteriormente dicho inmueble en el registro aunque no se haya llevado a cabo la inscripción.

En el caso de un apartado peculiar que se entregue para realizar un proceso judicial, legal, o de administración, durante los procedimientos de llevar a cabo el saldo de deudas, causa cambios en partes jurídicas. Esto influye en ocasiones dadas de subasta del inmueble.

También puede exigirse una certificación total o diversos asientos de la vida útil registrada de un bien inmueble.

Registra tu inmueble y obtén tu certificado de dominio en Argentina

Requisitos

Para la óptima consolidación del art. 23 de la Ley N° 17.801,en lo que respecta la concientización de la condición legal de los inmuebles y su estado pertinente a los individuos, para ello, existen las formas “D”  originales. Imprima el Formulario Certificado de Dominio (Frente) y el Formulario Certificado de Dominio (Dorso).

Las transacciones requeridas son relacionadas a los bienes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En las transacciones relacionadas a pertenencias que podemos encontrar en el resto de las provincias podemos acceder a la Guía de Trámite de la Provincia en la que está ubicado el inmueble.

Formulario Certificado de Dominio, original y copia.

¿Quién lo puede tramitar?

Deben y pueden llevar a cabo este certificado aquellos quienes están suscritos a  la petición de escribano público.

Es necesario llevarlo a cabo en el momento que parte, surgiendo de la necesidad individual del usuario-ciudadano que realiza la transacción en cuestión.

La vigencia que el documento tramitado tiene depende de:

15 días hábiles en el caso de Escribanos de la ciudad de Argentina.
30 días hábiles en el caso de Registradores de la Provincia de Buenos Aires.

Las ocasiones en que se debe acudir al organismo para realizarlo son, generalmente dos oportunidades:

  1. Información sobre el trámite.
  2. Otorgamiento de la documentación.

Pasos para la transacción

Ingresar en Venezuela 1135, y a continuación, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y entrar a la sección “Presentación de Documentos”.

Allí se obtendrá un cupón con los datos y códigos de la transacción como la fecha de expedición de este, y otro de estos cupones para informar el “lote de pago” con el fin de abonar en el sector cajas.

Transcurrido el tiempo señalado, se debe hacer el retiro del documento con la entrega del cupón.

Puedes hacer la transacción en línea, si eres usuario del SIPEL mediante su página oficial.

¿Dónde se realiza el procedimiento?

El procedimiento de este trámite se realiza en el Registro de la Propiedad Inmueble. Ubicado en Buenos Aires. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el valor monetario de la transacción?

Se debe realizar una consulta a la tabla de valores o, si así lo prefieres puedes calcular el valor en la calculadora de trámites registrales obedeciendo a los impuestos actuales tomando como punto de partida, los cimientos de los datos registrados.

Generalmente, los factores varían entre:

Común: $80
Urgente: $143.- ($80.- más $63.)

  1. ¿Quién debe obtenerlo? Aquel sujeto que está en el deber de adquirirlo, es aquella a la cual un escribano público la solicita.
  2. ¿Cuándo se hace obligatorio? Depende de la necesidad individual del usuario-ciudadano, con relación a la transacción.
  3. ¿Vigencia del certificado tramitado?
    – Para Registradores de Buenos Aires: 15 días.
    – Para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires: 30 días.
  4. ¿Cuántas ocasiones hay que ir al organismo para hacer la transacción?

Se debe asistir en dos oportunidades:

  1.  Información sobre el trámite.
  2. Otorgamiento de las escrituras.

¿De qué organismo depende?
Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
– Común: se entrega al tercer día de presentado (Ejemplo: ingresó un Lunes, el usuario lo retira el Jueves).
– Urgente: se entrega en el día, por la tarde, a partir de las 17:00 hasta las 18:00 hrs.
Delegaciones en las cuales realizar el trámite.

¿Cuál es la relación de los asientos y los certificados?

Es un mito que los asientos se ven bloqueados en los registros por los certificados durante el periodo de presentación del formulario, que generalmente dura unos 15 días, entretanto el escribano recibe la escritura, asiste al registro, solicita el certificado para hacer el comprobante del inmueble.

En el transcurso de la vigencia de los certificados, existe la posibilidad de integrar más asientos, como embargos o inhibiciones.

Sin embargo, en el transcurso de la vigencia de los certificados, las características de dichas escrituras, se reorganizan y devuelven en el momento de la entrega de los certificados.

En dado caso que existan nuevos asientos después de expirar las escrituras, dichos asientos se guardan automáticamente y pierde la valía como propiedad indirecta.

¿Qué implicaciones están envueltas en dicho bloqueo?

Como se ha dicho, un cierre o bloqueo registral se ve envuelto en este proceso, sin embargo, esto no quiere decir que no se pueda ingresar a otro tipo de información pertinente al bien inmueble implicado en la transacción jurídica.

En lugar de eso, acceden y serán registrados por el Escribano, de forma condicional en relación a los resultados de la presentación del mencionado documento.

¿Qué leyes existen con relación a los escribanos?

Registra tu inmueble y obtén tu certificado de dominio en Argentina

Se aplican las mismas leyes en el caso de inhibición y certificado de dominio, en síntesis, en los siguientes artículos:

Artículo 23. – Ningún escribano o funcionario público podrá autorizar documentos de transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, sin tener a la vista el título inscripto en el Registro, así como certificación expedida a tal efecto por dicha oficina en la que se consigne el estado jurídico de los bienes y de las personas según las constancias registradas.Los documentos que se otorguen deberán consignar el número, fecha y constancias que resulten de la certificación.

Estos artículos, también se complementan con el número 25.

El cual, muestra que una vez otorgada una certificación implicada en los antes mencionados artículos, el Registro agendará en el apartado que sea necesario, y se negará a emitir otra certificación al bien objeto de la primera durante el plazo de su cumplimiento establecido sumándole a esto, el período de tiempo mencionado en el artículo 5.

No se realizará una notificación especial sobre las certificaciones pasadas a esta que se hubiesen expedido en dicho plazo de tiempo.

¿Qué es la prioridad directa?

Se conoce como prioridad directa, a aquello que parte de la idea del orden de más importancia, mayor interés, primordial en el tiempo, relevancia en derecho, para realizar la prioridad indirecta en medida de preservar el cuidado de los usuarios. Esto se debe a que va a figurar como prioritario ante probables embargos.

Cabe destacar, que por la solicitud injustificada de más de una reserva de prioridad el registrador está en la capacidad de no reservar por siempre un asiento.

Formato de emisión

Como podemos apreciar, un certificado de dominio es un documento de capital importancia en el momento de tramitar la validación de bienes inmuebles y derivados en la Ciudad Autónoma de la Argentina.

Detalla su situación jurídica, avalando todo aquello que guarde relación con el bien inmueble objeto del certificado, demostrando que representa nuestra pertenencia y propiedad, sin importar si su dominio sea anticuado o actual, al igual que su derecho, no influye si ya ha expirado o está vigente.

Debe ser avalado por un registrador o escribano, que debe cumplir con una serie de estipulaciones legales para tramitar el certificado de dominio, creando una reserva de prioridad.

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