Debido a los acontecimientos ocurrido hace pocos aƱos por las acciones respectivas del presidente Macri al designar de manera un poco arbitraria cierto jueces en el palacio de justicia decidimos esclarecer algunos Requisitos para ser juez y de esta manera que se entienda lo sucedido para el momento y que nos se nos agarre fuera de base en un futuro.
Requisitos para ser Juez en Argentina
Si quieres pertenecer a la Corte Suprema se requiere:
- Debes ser abogado de la RepĆŗblica de Argentina con un mĆnimo de ocho (8) aƱos de ejercicio de dicha profesiĆ³n.
- Se debe cumplir los requisitos para ser senador nacional (artĆculo 55 de la ConstituciĆ³n Nacional —CN—): tener la edad de treinta (30) aƱos, haber sido seis aƱos ciudadano de la NaciĆ³n. (artĆculo 55 CN).
- Cumplir con el requisito del Decreto № 222 del 19 de junio de 2003.
Nombramiento como Juez
El actual nombramiento de los jueces de la Corte Suprema es una deber compartido correspondiente a el Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional. El desarrollo para dicho acto estĆ” establecido claramente en la ConstituciĆ³n de la NaciĆ³n, en el inciso 4 del artĆculo 99, que habla de las atribuciones del Poder Ejecutivo.
En esta se establece que el presidente designa al candidato, y el Senado con una mayorĆa especial de dos tercios de los miembros presentes, debe legalizar en una sesiĆ³n pĆŗblica.
DespuĆ©s de cumplir estos dos requisitos y momentos antes de admitir sus cargos, deberĆ”n desarrollar un juramento, ante el presidente de la Corte, en el cual deberĆ”n esclarecer que sus acciones siempre estarĆ”n sujetas y deberĆ”n proyectar la justicia que se establece en la ConstituciĆ³n.
Particularmente para el aƱo 2003 el presidente para ese momento NĆ©stor Kirchner sancionĆ³ el Decreto NĀŗ 222/03, regulando el inciso 4 del artĆculo 99, que le confiere al presidente la competencia para dictar a los jueces de la Corte. Este decreto constituye un procedimiento con participaciĆ³n de los ciudadanos a un desarrollo y control pĆŗblico, para de esta manera establecer una pre-selecciĆ³n a los candidatos, la cual deberĆ” ejercerse antes de que el presidente en sus facultades, pueda elegir el candidato de su preferencia.
Los principales ordenes del Decreto 222/03 son las que se establecen a continuaciĆ³n:
- El desarrollo de la pre-selecciĆ³n deberĆ” iniciar dentro de los 30 dĆas de existencia de una vacante en la Corte Suprema.
- En el marco de dicho plazo, el Poder Ejecutivo debe de hacer publico el nombre y sĆntesis curricular de los candidatos.
- Dichos candidatos deben ser seleccionados teniendo en consideraciĆ³n su obligaciĆ³n con los derechos humanos y valores democrĆ”ticos dispuestos en la ConstituciĆ³n de la NaciĆ³n, y que de tal modo ademas la Corte Suprema plasme las diversidades de gĆ©nero e inclusiĆ³n, las singularidades jurĆdicas y las distintas provincias y regiones de la NaciĆ³n.
- Los que se establezcan como candidatos deben entregar una declaraciĆ³n jurada de sus bienes y familiares inmediatos, como tambiĆ©n otra declaraciĆ³n sobre las asociaciones, estudios jurĆdicos y empresas a las que haya pertenecido o particiapado en los 8 aƱos anteriores a su selecciĆ³n, sus clientes y toda una serie de datos que sirva para juzgar la imparcialidad que desempeƱara en su oficio.
- Dentro de un margen de 15 dĆas los ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales, entidades acadĆ©micas y de derechos humanos, podrĆ”n establecer sus veredictos referentes a los candidatos preseleccionados.
- Dentro de las facultades del presidente se establece que este podrĆ” pedir la opiniĆ³n a organismos relevantes para que la expresen.
- En cuanto a los aspecto tributarios del candidatos tambiĆ©n serĆ”n expuestos en esta informaciĆ³n pĆŗblica.
- Finalizado el tiempo para establecer las observaciones sobre los candidatos, despues de 15 dĆas mas, el Ejecutivo Nacional deberĆ” presentar una decisiĆ³n sobre el candidato o los candidatos, explicando su respectivas razones y en que se baso para tomar la decisiĆ³n.
Jueces nacionales
El juez es la mĆ”xima autoridad del tribunal de justicia, cuya principal funciĆ³n es la de administrar justicia, en caso que se presente ante Ć©l una situaciĆ³n controvertida entre dos personas.
Juez subrogante
-Este es bĆ”sicamente un juez simplemente del juez titular o de cabecera. La designaciĆ³n de estos jueces subrogantes se crea cuando, por motivos de jubilaciones, renuncias y deceso, entre otros, de los jueces principales, se genera una disponibilidad en el juzgado o tribunal la cual integra. De acuerdo al actual sistema de subrogancias fue decretado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la NaciĆ³n hace casi 3 aƱos atrĆ”s. Por el contrario, se permitiĆ³ su prolongaciĆ³n hasta que este se regularizaran las nombramientos de acuerdo con la ConstituciĆ³n vigente.
Funciones de un Juez
Los jueces tiene como facultad el de juzgar la situaciĆ³n que se les presente en los tribunales de forma imparcial, aplicando su conocimientos sobre las leyes, tomar una decisiĆ³n justa, la cual esta representa la decisiĆ³n de un Sistema Judicial el cual Ć©l representa, ya que un juez no es considerado una persona natural si no un representante de justicia o sistema judicial del paĆs y en este caso de la Corte Suprema de justicia.
Miembros de la Corte suprema de Justicia
Los personajes que conforman hoy en dĆa la Corte Suprema de Justicia de Argentina son:
Competencias y Sedes
Sus respectivas competencias son:
- Por interposiciĆ³n conforme lo establezca el Congreso, Originaria y exclusivamente en los casos del artĆculo 117 de la ConstituciĆ³n Argentina.
- Debido a demandas extraordinarias en los casos de los artĆculos 14, de la ley 48, del anĆ”lisis de la clĆ”usula constitucional, o conflicto con normas de mayor envergadura.
- Por deducciones de reclamos, artĆculo 6 de la ley 4055 (de reforma de la Justicia Federal) de la NaciĆ³n.
- Por requerimiento de comprobaciĆ³n de los artĆculos 2 y 4 de la ley 4055.
- En los procesos de apelaciĆ³n ordinarios Decreto-ley 1285/58 artĆculo 24 inciso 6, principios en que el paĆs sea parte, concernientes a extradiciĆ³n o en tiempos de guerra con otros paĆses.
En cuanto a su sede esta se conoce como El Palacio de Justicia de la NaciĆ³n, ubicado en Talcahuano 550 en la Ciudad AutĆ³noma de Buenos Aires.
Unos de los mĆ”s prestigiosos puesto en cuanto a ley se refiere, y de los mĆ”s controvertidos en los Ćŗltimos aƱos por el proceso de designaciĆ³n de los mismo, se requerĆa aclarar algunos esquemas de dichos jueces y dejar en claro los Requisitos para ser juez por si quieres ser parte de este mundo judicial.
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